Francia: COVID-19 – Restricciones de entrada a Francia y a los territorios franceses de ultramar

En el marco de la aplicación del estado de emergencia sanitaria en Francia, se han establecido una serie de restricciones para entrar en el territorio de la Francia metropolitana y de los territorios franceses de ultramar.

¿Quién puede entrar en territorio francés?

Los ciudadanos europeos y los nacionales de Reino Unido, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Andorra, Mónaco y Suiza, así como los de la Santa Sede y San Marino, están autorizados, junto a sus cónyuges e hijos, a volver a Francia en caso de que residan en Francia o transiten por Francia para regresar a su lugar de residencia.

Los extranjeros que posean un permiso de residencia en vigor, incluidos los visados de larga duración con valor de permiso de residencia, también están autorizados a entrar en Francia.

El periodo de validez de los documentos que autorizan la residencia en Francia ha sido prorrogado por 3 meses.

En casos limitados (transporte de mercancías, en particular), se autorizará la entrada en Francia de extranjeros que posean un visado de corta duración.

Si usted es francés, puede naturalmente entrar en territorio nacional junto a su cónyuge e hijos y regresar a su domicilio.

Certificados de circulación derogatorios

Para regresar a Francia metropolitana, es imprescindible cumplimentar y hallarse en posesión de dos documentos:

  • el certificado de circulación internacional derogatoria con destino a Francia metropolitana, que puede descargarse en la página web del Ministerio del Interior. Dicho certificado debe presentarse a las compañías de transporte antes de utilizar el título de transporte, así como a las autoridades encargadas de los controles fronterizos (conexiones aéreas, marítimas y terrestres, incluidas las conexiones ferroviarias).
  • el certificado de circulación derogatoria, que le permitirá regresar a su domicilio en Francia y que puede descargarse en la página web del Ministerio del Interior. Dicho certificado deberá ser presentado a las fuerzas policiales que puedan controlarle durante el tránsito entre su lugar de llegada en Francia y su domicilio.

Para regresar a los territorios franceses de ultramar, es imprescindible cumplimentar y hallarse en posesión de dos documentos:

  • el certificado de circulación internacional derogatoria con destino a los territorios franceses de ultramar, que puede descargarse en la página web del Ministerio del Interior. Dicho certificado debe presentarse a las compañías de transporte antes de utilizar el título de transporte, así como a las autoridades encargadas de los controles fronterizos (conexiones aéreas, marítimas y terrestres, incluidas las conexiones ferroviarias).
  • el certificado de circulación derogatoria, que le permitirá regresar a su domicilio en Francia y que puede descargarse en la página web del Ministerio del Interior. Dicho certificado deberá ser presentado a las fuerzas policiales que puedan controlarle durante el tránsito entre su lugar de llegada en Francia y su domicilio.

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